Quienes somos


Centro Comunal Balcones de Oriente:



1. Quienes lo conformamos:


No.
Conjunto
Residencial
Unidades Residenciales
1Los Geranios
80
2Quintas de Iguazú
70
3Balcones de Sevilla
182
4Quintas de Zaragoza
72
5Los Trinitarios
80
6Los Bugambiles
80
7Rincón del Parque
702
8Caminos de Ibiza
500
9Las Azaleas
80
10Fundación Cardio Infantil
NA


2. Historia:


CONJUNTO RESIDENCIAL BALCONES DE ORIENTE
En el año de 1988, mediante Escritura Pública 1904 del 3 de junio de 1988 se constituye la Urbanización los Balcones de Oriente, producto del englobe de dos lotes de la antigua parcelación EL JARDIN del municipio de Usaquén, uno denominado “BALCONES DE ORIENTE” y el otro “FONTIVEROS”, con un área total de 83.222,01 metros cuadrados, de los cuales se le ceden al Distrito 5.825,54 metros cuadrados para el Plan Vial, correspondiente a la Avenida de las Orquídeas, quedando un área neta urbanizable de 76.025, 78 metros cuadrados, sin embargo,  del área neta urbanizable, adicionalmente se le debe ceder al distrito lo siguiente:
-          Para vías locales vehiculares, 11.330,02 metros cuadrados.
-          Para parques y servicios comunales 10.298,60 metros cuadrados.
-          Para control ambiental 3.255,34 metros cuadrados.
-          Total área cedida al distrito 24.883,96 metros cuadrados, quedando vendible un área útil de 51.141,82 metros cuadrados.
                                                                                                 
Sobre la anterior área el proyecto urbanístico aprobado se distribuyó en 4 manzanas que contienen 16 lotes (agrupaciones de vivienda), sobre los cuales se construirían agrupaciones de vivienda y un lote para construir parte de los servicios comunales de los Conjuntos Residenciales.

Se individualiza en esta escritura cada uno de los lotes y se les define un porcentaje de copropiedad sobre el lote. El objeto de la individualización es para que la oficina de instrumentos públicos de Bogotá, abra folio de matrícula inmobiliaria independiente para cada uno de los 16 lotes.

La distribución de los lotes se dio como se presenta a continuación:


Mediante la resolución 374 del 6 de septiembre de 1988, se establecen las normas y se concede licencia de construcción para la ejecución de obras de la urbanización.
El proyecto general de la urbanización los Balcones de Oriente queda distinguido en el plano U.290/4-00, incorporado en las  planchas F-34, F-44 del instituto Geográfico Agustín Codazzi, se refiere al globo de terreno con un área bruta de 83.222,01 metros cuadrados., localizado en el sector H-5, según la sectorización del Distrito Especial de Bogotá.
Normas Urbanísticas aprobadas en resumen:
  • Zonificación.  Estrato 4, mínimo 1140 viviendas, máximo 1368,  rango de 150 a 180 por hectárea. Cualquier modificación implicaba solicitud a planeación o Curaduría.
  • Uso PRINCIPAL  vivienda multifamiliar, COMPLEMENTARIO Comercio, institucional, Recreativo
  • Área útil vivienda 51.141,82 metros cuadrados, equipamiento comunal 15 metros cuadrados por cada 80 metros cuadrados construidos en vivienda de acuerdo al decreto 1212 de 1980.
  • Altura rango 1: de 1 a 3 pisos, rango 2 de 4 a5 pisos y rango 3 de 6 a 12 pisos, permitiendo sótanos y semisótanos.
  • Áreas vehiculares, peatonales, jardines, aislamientos y patios.
  • Cerramientos NO permitidos en zonas de uso público destinadas a parques, servicios comunales, áreas de protección ambiental y vías de uso público.
  • Estacionamientos para residentes 1 por cada 3 viviendas. Para visitantes 1 por cada 15 viviendas, estos localizados en las bahías. Para comercio uno por cada 120 metros cuadrados.
  • Posteriormente todas las zonas públicas fueron entregadas al Distrito por Industrias y Créditos S.A. mediante Escritura Pública 12584 del 16 de noviembre del año 2000.

CONSTITUCION DEL CENTRO COMUNAL:
Se constituye el centro Comunal mediante Escritura Pública 10643 del 29 de noviembre de 1988 de la Notaria 29. Posteriormente se elabora  la escritura 6471 del 30 de agosto de 1991de la Notaria 29, por medio de la cual se realiza una aclaración de linderos de los lotes que fueron erradamente registrados en las primera escritura 10643 de 1988.
El 14 de agosto de 1996 y ya bajo la administración de los comunitarios, en el Centro Comunal, se realiza una Asamblea y se reforman del reglamento inicial entregado por la constructora los artículos, tercero, noveno, décimo primero, décimo tercero, décimo cuarto, décimo sexto, y décimo noveno, los cuales fueron elevados a escritura pública número 1358 del 24 de febrero de 1999 de la notaria 29.  Los artículos no modificados,  se conservan y siguieron igual de acuerdo a lo registrado en escritura pública 10643 del 29 de noviembre de 1988.
En asamblea del 14 de agosto de 1996, se acordó que la liquidación de las cuotas para el sostenimiento del CCBO, y considerando un equilibrio proporcional en el número de familias proyectado por conjunto, esta liquidación seria unificada por familia y para enviar cuenta de cobro a la administración, sería el valor liquidado por familia por el número de viviendas.
El objeto era porque se consideraban varios puntos:
·         La cuota es de sostenimiento, por tanto este es consecuencia del uso y la mejor forma de equilibrar este, es considerando el desgaste por persona, como por persona es casi imposible crear parámetros de liquidación, se considera por familia.

·         En ese momento los lotes sin desarrollo, se liquidarían de acuerdo al porcentaje asignado como participante. Vale la pena aclarar en este punto, (aunque al momento de la asamblea no se dijo), que el Centro Comunal es una comunidad de bienes, no funciona bajo el régimen de propiedad horizontal, por tanto aunque tenga asignado un porcentaje participativo, no está obligado a liquidar expensas sobre este porcentaje y puede tener su propio régimen de liquidación.
Hasta el año 1996 aproximadamente, el proyecto se desarrolló en forma normal y respetando los planes iniciales que eran 4 conjuntos de casas y 6 de apartamentos. Se calculaba un promedio de 80 viviendas  por proyecto.
Hasta aquí (1996), se alcanzaron a construir los siguientes proyectos, todo el plan siempre tiene una constructora digamos matriz que es INDUSTRIAS Y CREDITOS S.A. Quienes inicialmente adquieren los terrenos, sin embargo en el desarrollo de los proyectos, para cada uno crean una sociedad constructora que desarrolla y responde por el proyecto. Después del proyecto las liquidaban.

NOMBRE DEL CONJUNTO
NOMBRE DE LA CONSTRUCTORA
Conjunto Residencial Balcones de Oriente Edificio los Geranios.
Eira S.A.
Conjunto Residencial Balcones de Oriente Edificio los Trinitarios.
Eira S.A.
Conjunto Residencial Balcones de Oriente Edificio los Bugambiles.
Eira S.A.
Conjunto Residencial Balcones de Oriente Edificio las Azaleas
Eira S.A.
Conjunto Residencial Quintas de Zaragoza
Industrias y construcciones I.C.S.A.
Conjunto Residencial Quintas de Iguazú
Balcones de Iguazú LTDA.
Conjunto Residencial Balcones de Sevilla
Balcones de Iguazú LTDA.

A partir de 1996, Industrias y Créditos S.A. entra en quiebra debido a la recesión económica de la época, esto hace que los lotes restantes en los cuales no se desarrolló proyecto, empiecen a tener otro destino diferente al planeado inicialmente. De cada proyecto, se varían los planes de construcción y se desarrollan proyectos diferentes a los planeados, estos son:

NOMBRE DEL CONJUNTO
NOMBRE DE LA CONSTRUCTORA
Agrupación  Residencial Rincón del Parque.
Urbanizaciones S.A.
Conjunto Residencial Caminos de Ibiza

Fundación Cardioinfantil
Fundación Cardioinfantil

Después de este tiempo de cambio sobre el año 2005  y transformación urbanística en el sector,  la llegada de comunidades con mayor número de unidades residenciales a los planeados inicialmente, y una comunidad institucional, se observa que los Estatutos del Centro Comunal distan de funcionalidad ante el nuevo panorama  comunitario. Se crea la necesidad de reformar los estatutos, para llenar los vacíos que se presentan y se inicia este trabajo. Durante su curso para el año 2006, al tratar de buscar la verdadera naturaleza jurídica del Centro Comunal, el estudio de títulos arroja que el derecho de dominio de las unidades residenciales no fue protocolizado legalmente y esto trunca la reforma de reglamento iniciada.
Toma otro rumbo el trabajo, y se inician diálogos con Industrias y Créditos, para terminar los trámites y dar en cesión el derecho de dominio a cada una de las unidades residenciales.
Cuatro años después el 21 de diciembre del 2010, en la notaria 65 se transfiere el derecho de dominio a solo 4 Conjuntos: Conjunto Residencial Balcones de Oriente Edificio los Geranios, Conjunto Residencial Balcones de Oriente Edificio los Trinitarios, Conjunto Residencial Balcones de Oriente Edificio los Bugambiles, Conjunto Residencial Balcones de Oriente Edificio las Azaleas. Mediante escritura 02226 del 21 de diciembre del 2010.

9 comentarios:

  1. Un favor, necesito el numero telefónico de la portería de balcones de Oriente edificios trinitarios, es para contactar al guarda Cristian Almario, agradezco su colaboración, cordialmente Jorge Barón

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  2. Muy buenos días.
    Quisiera saber si su salón social en estos momentos lo están alquilando y cuál es el precio y las condiciones. Gracias

    Javier Corredor 3243875638

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  3. Buenas tardes, requiero el número de teléfono del Doctor Pedro Villate

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  4. Buenas tardes quiero información del salon comunal muchas gracias

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  5. Buenos días quiero averiguar por el salon

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  6. Buenas tardes quisiera informacion sobre el salon

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  7. Buenas tardes, quiero información de el alquiler de el salón, gracias,!!

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  8. Muy buena noche quisiera información del alquiler para unos 15 años el día 16 de julio

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